Tras el impacto de la Covid-19, la conciliación laboral y familiar ha tomado relevancia. Es por ello que muchos empleados se plantean a día de hoy reducir su jornada laboral y disfrutar de un mayor equilibrio en su día a día, mejorando su bienestar emocional.
Tabla de contenidos
1. Reducción de jornada laboral: ¿Qué es?
La reducción de jornada es un derecho individual del que disponen todos los trabajadores y se encuentra especificado en el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores. Con esta reducción laboral, los empleados que la soliciten podrán dedicar parte del tiempo que tenían que dedicar al trabajo a los motivos por los cuales se ha solicitado la reducción del horario, logrando una mayor conciliación.
Durante el último año, según el Instituto Nacional de Estadística, los principales motivos por los que los trabajadores contaban con reducción de jornada laboral han sido sobre todo por la necesidad de cuidar a niños, adultos enfermos, personas incapacitadas o mayores. Pero existen más escenarios en los que se puede solicitar la jornada reducida, que veremos más adelante.
Cabe destacar que hasta el año 2019, la única forma de adaptar el horario era mediante reducciones horarias. A día de hoy, existen otras posibilidades como la reorganización de la jornada para lograr la conciliación sin tener que reducirla ni contar con menos ingresos a final de mes.
2. ¿Quién puede solicitar una jornada reducida?
Es importante destacar que, a pesar de que en este artículo queremos facilitar información sobre la reducción de jornada laboral de cara a los empleados, debemos destacar que las empresas también pueden solicitar la reducción de jornada de sus empleados.
Según el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores, las empresas pueden aplicar la reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o derivadas de fuerza mayor.
3. Tipos de reducción de jornada laboral 2023
A continuación, veremos los distintos tipos de reducción de jornada laboral que existen. No todos se recogen en el Estatuto de los Trabajadores, pero por ley el trabajador o la trabajadora podrá solicitar la reducción de jornada con tal de garantizar su conciliación.
Antes de empezar, es importante destacar que si dos o más trabajadores de una misma empresa redujeran su jornada laboral por el mismo motivo, la empresa puede limitarlo por razones justificadas en referencia al funcionamiento de la empresa.
3.1 Reducción de jornada por maternidad
Del mismo modo que pasa con los permisos de maternidad y paternidad, la reducción de la jornada laboral también se aplica de manera equitativa entre las trabajadoras y los trabajadores.
Hay distintos motivos por los que se puede solicitar una reducción de jornada por motivos de maternidad, paternidad y cuidado de hijos: para cuidar a hijos prematuros y hospitalizados tras el parto y por lactancia. Actualmente, las condiciones para este tipo de jornada reducida son:
3.1.1 Reducción laboral por cuidado de hijos prematuros y hospitalizados tras el parto
En el caso de partos prematuros o que por algún motivo los recién nacidos deban permanecer hospitalizados, uno de los dos progenitores tendrá derecho a ausentarse del trabajo una hora al día.
Podría darse el caso de ampliar la hora diaria a dos, pero no superarlo.
3.1.2 Reducción de jornada laboral por lactancia
En relación con el anterior, también se puede solicitar una reducción de jornada laboral hasta que el hijo recién nacido cumpla los 9 meses. Hasta entonces, los trabajadores podrán ausentarse una hora al día o dos medias horas.
Estas condiciones, además de en los casos de parto, también se aplican en adopciones y acogidas. En el caso de que se tenga más de un parto, adopción o acogida con las mismas circunstancias, el permiso se alargará de manera proporcional al número de hijos en cuestión.
También, existe otra opción a la hora de reducir la jornada: acumular las ausencias en jornadas completas. Para ello, se deberá negociar y acordar con el departamento de recursos humanos.
En el caso de que los dos progenitores trabajen, solamente podrá solicitar la reducción de jornada laboral uno de ellos.
3.2 Reducción de jornada por guarda legal
Es uno de los motivos más comunes de reducción de jornada. Tienen derecho a solicitarlo aquellas personas que tengan a su cargo hijos de hasta 12 años o a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida.
3.2.1 Aplicación de la reducción de jornada por guarda legal
Es el trabajador quién decide el periodo y el carácter de la reducción de jornada, dentro de unos parámetros establecidos que varían en función del cuidado necesario:
- Menor de 12 años o familiar con discapacidad: Un mínimo del 12,5% hasta un máximo del 50% de duración total de la jornada de trabajo.
- Menor en tratamiento de cáncer o enfermedad grave: En este caso, se establece un mínimo del 50% de duración total de la jornada de trabajo.
Finalmente, el porcentaje elegido se aplicará a cada jornada diaria de trabajo, incluso si se trata de un contrato a tiempo parcial. Es conveniente indicar que, aunque se trate de una reducción de jornada, por causa mayor, el trabajador recibirá un recorte salarial, que será proporcional a las horas de trabajo diarias que se dejan de trabajar.
El factor de reducción de salario proporcional se calcula sobre el salario bruto, por lo que la retención del IRPF se ve afectada de manera indirecta.
3.2.2 Cómo se solicita la reducción de jornada por guarda legal
La reducción de jornada por guarda legal es un derecho contemplado en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores, que dice lo siguiente:
“Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella”.
El trabajador que requiera una reducción de jornada debe solicitarla al departamento de RR.HH. de la empresa con una antelación mínima de 15 días. Para ello, debe dirigirse a su empresa mediante un escrito, que contenga la fecha de inicio y de finalización de la situación alegada por el trabajador, así como la nueva propuesta horaria y la cantidad de horas reducidas en la jornada laboral.
Por su parte, la empresa también deberá responder por escrito al empleado, en que deberá concretar si acepta, rechaza o modifica la propuesta de reducción de jornada del trabajador.
La solicitud de reducción de jornada por guarda legal puede variar en función del convenio colectivo al que esté adscrito la empresa, hecho que puede modificar ciertas condiciones en la solicitud. Cabe destacar que, los convenios colectivos pueden mejorar este derecho laboral, pero no limitarlo.
3.2.3 Conflictos por la petición de reducción de jornada por guarda legal
El trabajador tiene derecho a escoger el horario y la fecha de la reducción de jornada por guarda legal. La empresa, por su parte, no puede oponerse al derecho de reducción de jornada, ni tampoco al porcentaje de jornada que se quiere reducir, aunque puede oponerse al horario escogido en caso de que cause un perjuicio a la empresa.
En estos casos la petición de la reducción de jornada laboral puede generar conflicto con los intereses de la empresa, y la resolución de su aplicación puede llegar a los tribunales.
El 4 de octubre del 2022, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, dictó una sentencia sobre una petición de reducción de jornada por guarda legal en el procedimiento del recurso de suplicación nº 1197/2022 que tuvo lugar en la Sala de lo Social, dónde se abordó un conflicto laboral entre una empleada y la empresa donde trabajaba cuando ocurrieron los hechos.
El inicio del conflicto laboral se remonta al pasado 6 de mayo del 2021, cuando una empleada solicitó una reducción de jornada de su puesto de trabajo solicitando una reducción del 50% de su horario laboral para poder ofrecer un mayor cuidado a su hijo de 5 años. Concretamente, solicitó a su empresa una concreción horaria de lunes a viernes de 10:00 a 14:00h, un horario intensivo por la mañana.
A partir de ese momento, se generó el conflicto con su empresa por contraposición de intereses, puesto que la compañía declinó su solicitud por falta de personal de atención al público por las tardes y la trabajadora interpuso una demanda en el Juzgado de lo Social.
Ante la demanda de la trabajadora a su empresa, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana desestimó su recurso, alegando que, en la solicitud de una redacción de jornada por guarda legal, deben ponderarse los intereses en juego de ambas partes.
Según dicho tribunal, la empresa presentó “razones organizativas suficientemente graves” para declinar la propuesta de reducción de jornada y las “limitaciones invocadas quedaron justificadas”.
En primera instancia, la empresa aceptó parcialmente la reducción de jornada que solicitó la trabajadora, proponiendo que asistiera al menos dos tardes a la semana a su puesto de trabajo, corrección que la empleada rechazó.
Finalmente, la trabajadora tuvo que adaptarse a la concreción de reducción de jornada laboral propuesta por la empresa, acudiendo 2 tardes a la semana a su puesto de trabajo y librando 3, en lugar de las 5 tardes de descanso que en un principio había solicitado la empleada.
Hay que tener en cuenta que, cuando un trabajador se encuentra en la situación de reducción de jornada por guarda legal, está especialmente protegido y, según el Estatuto de los Trabajadores, no se le puede despedir por causas no justificadas o por razones de discriminación, porque en este caso el despido se consideraría nulo y el trabajador podría ser readmitido en la empresa.
3.3 Reducción laboral por cuidado directo de un familiar
Aquellas personas que tengan que cuidar a familiares de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, podrá hacerlo.
En estas situaciones, los motivos por los que se deba cuidar al familiar deben ser por razón de edad, accidente o enfermedad que impida a la persona en cuestión valerse por sí misma, además de no desempeñar ninguna actividad retribuida.
3.4 Reducción por cuidado durante hospitalización o tratamiento continuado
En el caso de que el trabajador tenga que cuidar a un hijo por hospitalización de larga duración y/o tratamiento continuado por padecer alguna enfermedad grave, podrá solicitar una jornada reducida hasta que el menor cumpla los 18 años.
Se podrá pedir y/o negociar que se acumulen jornadas completas si el convenio colectivo lo permite, pero en cualquier caso el salario disminuirá de forma proporcional al menos la mitad del tiempo que dure la reducción de jornada.
3.5 Reducción en casos de víctimas de violencia de género o terrorismo
En el caso de haber padecido violencia de género o ser víctima de terrorismo, los trabajadores que tengan la acreditación correspondiente tienen derecho a reducir su jornada, así como de redondear el tiempo de trabajo con medidas como la adaptación del horario, horario flexible u otras medidas con las que cuente la empresa.
Para ello, se debe consultar el convenio colectivo o los acuerdos entre la empresa y los representantes de los trabajadores. En el caso de que no se llegue a ningún acuerdo, es el propio trabajador quien solicitará lo que considere oportuno.
3.6 Jubilación parcial
En el caso de querer optar a la jubilación parcial, tal como establece la Ley General de la Seguridad Social, se puede solicitar una reducción horaria. Ésta, debe ir acompañada de una reducción de salario que variará entre un mínimo del 25% y un máximo del 50%.
Además, la empresa deberá contar con un contrato de relevo para cubrir la jornada que queda libre del trabajador que se jubila parcialmente.
3.7 Reducción de jornada laboral por enfermedad del trabajador
Este tipo de reducción no se recoge en el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores, pero el trabajador puede solicitarlo ya que puede aparecer en los convenios colectivos. Por lo tanto, cualquier trabajador que haya sido diagnosticado con alguna enfermedad crónica y le impida u obstaculice el cumplimiento de su jornada, podrá solicitar una reducción.
3.8 Reducción laboral por estudios
Este tipo de reducción no existe, pero se puede solicitar una adaptación de la jornada laboral para poder asistir a cursos formativos. Para ello, se debe formalizar un contrato de formación y aprendizaje con el que el trabajador o trabajadora podrá destinar hasta un 25% de su jornada laboral dicha formación.
A diferencia de las causas comentadas hasta ahora, como la adaptación de jornada no es exactamente lo mismo que la reducción de jornada, quien la solicite no tendrá ninguna repercusión en el salario.
3.9 Reducción de jornada laboral voluntaria
Por último, encontramos la reducción de jornada laboral voluntaria. Todas aquellas personas que quieran solicitar una reducción de jornada, a pesar de no contar con ninguno de los motivos comentados anteriormente, podrá optar a una reducción de su jornada.
Para ello, el trabajador deberá notificar al departamento de recursos humanos su solicitud y negociarla, demostrando que esta decisión no repercutirá ni en la productividad ni en la motivación del trabajador.
3.10 Reducción horaria por cumplimiento del «Plan ME CUIDA»
En este artículo, también queríamos añadir el “Plan ME CUIDA”. En el Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre se recogen los derechos de adaptación y reducción de jornada para garantizar la conciliación en circunstancias excepcionales como consecuencia del Covid-19.
Tienen derecho a pedir la aplicación del “Plan ME CUIDA” aquellos trabajadores que deban cuidar de su pareja, hijos, hermanos, abuelos o nietos que necesiten estar confinados y cumplir con la cuarentena por contagio o contacto con positivos.
Gracias a este plan, los trabajadores podrán adaptar su jornada o reducirla. En el caso de adaptar su jornada, hay varias formas de llevarlo a cabo:
- Cambiar los turnos de trabajo.
- Cambiar el horario del trabajador.
- Optar por un horario flexible.
- Partir la jornada o hacerla continuada.
- Cambiar de centro de trabajo.
- Hacer teletrabajo u otro modo disponible por parte de la empresa.
En el caso de preferir la reducción, tal y como hemos visto hasta ahora, se aplicará la disminución correspondiente del salario base del trabajador.
Para que se acepte la solicitud de ambos casos, se deberá justificar. Para la reducción horaria, comentábamos que se debe avisar con 15 días de antelación mínimo, pero para el “Plan ME CUIDA” el período desciende hasta 24 horas antes y puede afectar hasta el 100% de la jornada del trabajador.
Además, se contemplan dos casuísticas extraordinarias para aplicar el “Plan ME CUIDA”:
- Cuando se adopten medidas por COVID-19 que impliquen cerrar colegios y se necesite cuidar de los hijos.
- Cuando la persona responsable de cuidar a su pareja o familiar de hasta segundo grado del trabajador no pudiera seguir por causas justificadas relacionadas con la COVID-19.
A día de hoy, el “Plan ME CUIDA” ya no es vigente, tras su última prórroga el pasado junio de 2022. Aún así, conviene consultarlo en el momento que se necesite información para comprobar que no haya habido modificaciones o actualizaciones en la normativa.
3.11 Reducción laboral por parte de la empresa o ERTE
Por último, comentamos el tan famoso ERTE o Expediente de Regulación Temporal de Empleo que a muchos nos ha tocado sufrir durante la pandemia. En este tipo de reducción horaria, es la empresa quien decide llevarla a cabo y se da en aquellos casos en los que la empresa tiene que hacer frente a situaciones extraordinarias que afectan a su productividad, como lo fue el estado de alarma el pasado marzo de 2020.
En este caso, se puede hacer una reducción laboral o directamente suspender la actividad. En el caso de la reducción, el empleado contará con menos horas en su jornada diaria o contará con una semana laboral más corta. En cualquier caso, el mínimo de reducción que se puede establecer es del 10% y un máximo del 70% de la jornada habitual de los trabajadores.
3.12 Motivos de despido y reducción de jornada
Tal y como hemos visto anteriormente, existen varios motivos por los que los trabajadores pueden solicitar una reducción de jornada. Algunos no se encuentran recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que se puede interpretar como un pacto entre el trabajador y la empresa.
En este punto, cabe destacar que siempre que se realice una reducción de jornada, el trabajador tiene ciertos derechos ante un posible despido. Existen dos situaciones en las que se puede producir un despido y según las condiciones de la reducción de jornada en la que se encuentre el trabajador, se procederá de diferente manera.
La primera situación es cuando el trabajador está realizando una jornada reducida por el cuidado de hijos, ya sean biológicos, adoptados o en guarda legal. Esta situación otorga una protección superior, ya que, según el punto 4 del artículo 53 del Estatuto de los trabajadores, no se les puede despedir sin una causa justificada o por motivos de discriminación.
En caso de producirse un despido bajo alguna de estas circunstancias, dicho despido se considerará nulo y el empleado tendría el derecho de ser readmitido en la empresa. Si, por el contrario, el despido se realiza con una causa justificada, como por ejemplo una causa disciplinaria u objetiva, en este caso el despido será legal.
El segundo escenario es cuando un trabajador está en una situación laboral de jornada reducida ajena al cuidado de los hijos. Del mismo modo que con el caso anterior, si no existe una causa justificada, el despido se considerará improcedente. La diferencia es que la empresa puede aceptar dicha improcedencia y finalizar la relación contractual con el trabajador con una indemnización económica.
4. ¿Cómo afecta al empleado la reducción de jornada reducida?
4.1 Salario
Sabemos que el salario es una de las principales preocupaciones cuando un empleado se plantea pedir la reducción de jornada.
A pesar de que la reducción de jornada laboral sea un derecho para los trabajadores, el salario se verá afectado de manera proporcional a la reducción pactada con el departamento de recursos humanos. Es decir, si por ejemplo quieres solicitar una reducción de jornada del 50%, tu salario también reducirá en un 50%.
Esta reducción afectará al salario base, pero en el caso de contar con pagas extras, también se deberá restar la parte proporcional.
En cualquier caso, si un trabajador cuenta con un plus de transporte u otro tipo de gasto que se mantiene a pesar de contar con la reducción horaria, no deberán cambiar.
4.2 Cotización de la Seguridad Social
Cuando un empleado reduce su jornada laboral, también se verán reducidas varias cotizaciones de la Seguridad Social como:
- Jubilación.
- Incapacidad temporal y permanente.
- Muerte y supervivencia.
- Maternidad/paternidad.
Solo en el caso de aquellos trabajadores que hayan reducido su jornada laboral por cuidar a menores o a personas con discapacidad durante 2 años y un año respectivamente, la Seguridad Social contará con el 100% en las cotizaciones que acabamos de especificar.
4.3 Prestaciones de la Seguridad Social
Una buena noticia es que la reducción no afecta a la prestación por desempleo. En el caso de que haya un despido por parte de la empresa y se termine la relación laboral mientras se está en un régimen de reducción laboral, se cobrará la misma prestación por desempleo que se recibiría en el caso de no estarlo.
4.4 Tramos de reducción de jornada
A la hora de establecer la reducción de jornada, se suelen utilizar 4 tramos distintos:
- Reducción 1/8: Equivale a 35 horas semanales y 6,12 horas diarias en vez de 7.
- Reducción 2/8: Equivale a 30 horas semanales y 5,25 horas diarias en vez de 6.
- Reducción de 3/8: Equivale a 25 horas semanales y 4,37 horas diarias en vez de 5.
- Reducción 4/8: Equivale a 20 horas semanales y 3,5 horas diarias en vez de 4.
Esto no implica que no puedan darse otros casos, pero siempre tendrán que estar dentro del horario marcado en el calendario laboral de la empresa.
4.5 ¿Cuánto dura la reducción de jornada?
La duración de la reducción de jornada dependerá del motivo por la cual se solicite. Como hemos visto, hay diferentes medidas. A continuación, mostramos una tabla resumen con las distintas modalidades y duraciones actualizadas:
Reducción de jornada laboral por maternidad: cuidado de hijos prematuros y hospitalizados tras el parto | Hasta que el hijo recién nacido se recupere. |
Reducción de jornada laboral por maternidad: lactancia | Hasta que el hijo o hijos implicados cumplan 9 meses. |
Reducción de jornada por guarda legal (cuidar a un hijo o persona con discapacidad) | Hasta que el hijo cumpla 12 años. Para personas con discapacidad no existe límite de tiempo. |
Reducción de jornada por cuidado a un familiar | No existe límite de tiempo. |
Reducción de jornada por cuidado durante hospitalización o tratamiento continuado | Hasta que el hijo cumpla los 18 años. |
Reducción de jornada víctimas de violencia de género o terrorismo | No existe límite de tiempo. |
Reducción de jornada laboral por enfermedad del trabajador | Máximo 2 años. |
Reducción de jornada laboral voluntaria o de mutuo acuerdo | Varía según el caso de cada trabajador. |
A pesar de tener estos tiempos establecidos, se puede finalizar la reducción de jornada antes de tiempo, siempre y cuando se avise a la empresa con los 15 días de antelación que comentábamos.
5. ¿Cómo solicitar la reducción de jornada laboral?
El trabajador o trabajadora que quiera hacer una reducción horaria lo debe pedir al departamento de recursos humanos o a la empresa con mínimo 15 días de antelación y por escrito. En el caso de querer hacer una reducción de jornada laboral voluntaria, es necesario especificar claramente los motivos concretos por los que se quiere realizar el cambio de jornada.
En cuanto al escrito, no existe ningún modelo oficial, pero debería recoger la siguiente información:
- Citar el apartado 5 del artículo 37 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Especificar que se quiere hacer una reducción de la jornada laboral.
- Indicar la fracción o porcentaje en la que se quiere reducir la jornada.
- Indicar la fecha a partir de la cual se quiere hacer efectiva dicha reducción (15 días después de la fecha de entrega o envío de la solicitud).
- Nombre y apellidos del trabajador, DNI y firma.
Cuando se apruebe la reducción de jornada, el trabajador deberá informar del cambio a la Seguridad Social para poder contar con ventajas adicionales relacionadas con el desempleo.
En el momento que se quiera prescindir de la reducción de jornada, el trabajador deberá avisar también con 15 días de antelación o el plazo que determine el convenio colectivo, de la fecha a partir de la que el período de reducción terminará.
6. ¿Qué hacer si la empresa no acepta la reducción de jornada?
La reducción de jornada laboral es un derecho que tienen los empleados, por lo que la empresa no debería oponerse a aceptar la solicitud o negociarla.
En este caso, si la empresa deniega la solicitud, el trabajador tendrá 20 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde que se haya hecho la solicitud para realizar una demanda.
7. ¿Cómo afecta a la empresa la reducción de jornada laboral?
A pesar de que las solicitudes de reducción de jornada se hagan con un mínimo de 15 días de antelación, en función de la empresa o el momento en el que se solicite, puede suponer un cambio imprevisto muy importante para su productividad.
Es por ello que las empresas deberían contar de antemano con soluciones de gestión horaria para poder garantizar agilidad y eficacia en las tareas diarias del departamento de recursos humanos, pero también para gestionar y planificar de forma óptima todos los cambios que se deban realizar en la empresa respecto a los horarios y turnos de trabajo.
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Así, el departamento de recursos humanos podrá garantizar la conciliación laboral de sus empleados, a la vez que permitirá organizar y planificar de manera eficiente y ágil los demás turnos de trabajo u horarios para que la reducción laboral no afecte la productividad de la empresa.
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