Cada vez que compramos algo en un comercio, el amable empleado que nos atiende nos da un tique. Este tique, llamado ahora factura simplificada, es un comprobante de compra que recoge información relevante de la operación. Pero la factura simplificada no puede hacerse de cualquier forma. A continuación, vamos a ver qué es, qué información debe recoger y cuándo usarla.
Tabla de contenidos
1. ¿Qué es una factura simplificada?
La factura simplificada, también conocida como factura simple, es un documento mercantil que actúa como comprobante de compra. La emiten los empresarios o profesionales por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen. Es lo que hasta 2013 se conocía como tique, cuando Hacienda cambió su denominación a través del reglamento de facturación.
Su característica principal es que contiene información menos detallada de la operación que la factura ordinaria. Pero por eso mismo su uso se reserva a operaciones de cuantía pequeña o poco relevantes.
El objetivo es simplificar la facturación en los establecimientos, ya que los empleados no tienen que pedir los datos al cliente en cada compra. Por lo tanto, la factura simplificada permite ahorrar tiempo (y esfuerzos en cuanto a protección de datos).
1.1. ¿Qué datos tiene que incluir?
Si miras los tiques que nos dan en las tiendas, verás que todos siguen una estructura más o menos similar. Eso es porque, para que sean válidas, las facturas simplificadas tienen que incluir siempre los siguientes datos:
- Número correlativo y, en su caso, serie de factura.
- Fecha de la expedición y de la operación.
- NIF o CIF del emisor.
- Nombre y apellidos o denominación social del emisor.
- Descripción sucinta de los bienes entregados o los servicios prestados.
- Tipo impositivo de IVA, siendo opcional añadir las palabras “IVA incluido”.
- Total a pagar.
Seguramente estés pensando en ese tique que te han dado en el supermercado que incluye información adicional. Eso es porque es obligatorio que en la factura simplificada aparezcan estos datos, pero eso no significa que la empresa o profesional no pueda añadir otras referencias que considere relevantes.
1.2. ¿Qué datos no son necesarios en una factura simplificada?
En la factura simplificada no es necesario incluir los datos del cliente ni desglosar la base impone y los impuestos. Además, la descripción de los productos vendidos o los servicios prestados es mucho más somera que en una factura ordinaria.
Pero al no contener datos del destinatario, estas facturas no dan derecho a deducir el IVA soportado. No obstante, dicha deducción sí es posible si a dichas facturas se les añade el NIF del destinatario y su domicilio y la cuota de IVA repercutido-consignada de forma separada (no es válida la mención “IVA incluido”).
2. ¿Cuándo puede emitirse?
El artículo 4 del mencionado reglamento de facturación recoge los dos casos en los que se puede emitir factura simplificada. Son los siguientes:
- Cuando su importe no supere los 400 euros, IVA incluido.
- Cuando haya que expedir una factura rectificativa, con independencia de su importe (la factura previa –la rectificada– ya contiene los datos legales).
Pero, además, los empresarios o profesionales también pueden expedir factura simplificada y su copia cuando el importe no exceda de 3.000 euros (IVA incluido) en ciertas operaciones:
- Ventas al por menor, incluso las realizadas por fabricantes o elaboradores de los productos entregados, cuando el destinatario actúa como consumidor final.
- Ventas o servicios en puestos ambulantes.
- Ventas o servicios a domicilio del consumidor.
- Transportes de personas y sus equipajes.
- Servicios de hostelería y restauración prestados por restaurantes, bares, cafeterías, horchaterías, chocolaterías y establecimientos similares, así como el suministro de bebidas o comidas para consumir en el acto.
- Servicios prestados por salas de baile y discotecas.
- Servicios telefónicos prestados mediante la utilización de cabinas telefónicas de uso público, así como mediante tarjetas que no permitan la identificación del portador.
- Servicios de peluquería y los prestados por institutos de belleza.
- Utilización de instalaciones deportivas.
- Revelado de fotografías y servicios prestados por estudios fotográficos.
- Aparcamiento y estacionamiento de vehículos.
- Alquiler de películas.
- Servicios de tintorería y lavandería.
- Utilización de autopistas de peaje.
En otras palabras, el importe máximo para la factura simplificada es de 400 euros, IVA incluido, como regla general. Pero el límite se amplía hasta los 3.000 euros (con IVA) en determinadas operaciones.
2.1. ¿Hay excepciones?
La Agencia Tributaria puede autorizar la expedición de facturas simples en otros supuestos. Pero nunca pueden emitirse en los siguientes casos:
- Cuando se trata de entregas intracomunitarias de bienes.
- En las ventas a distancia.
- En operaciones no localizadas en el territorio de aplicación del impuesto.
- Cuando se trata de operaciones con inversión del sujeto pasivo.
3. ¿En qué se diferencia la factura simplificada de una factura?
La principal diferencia entre factura y factura simplificada es su contenido, puesto que en el tique no hace falta especificar la información del receptor. Asimismo, la factura cuenta con un desglose de los impuestos que el tique no tiene por qué detallar.
Sin embargo, hay otra diferencia importante para los autónomos y los empresarios. Y es que con la factura se pueden deducir IVA e IRPF. Pero, si solo tienen la factura simplificada, el IRPF es lo único que se pueden deducir.
4. Cómo contabilizar las facturas simplificadas de manera sencilla
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