Las bases de cotización 2026 ya están actualizadas y afectan de lleno al cálculo de nóminas, seguros sociales y costes laborales. Para recursos humanos, no basta con saber que han cambiado: hay que entender qué importes aplicar, qué conceptos revisar y cómo evitar diferencias de cotización. En esta guía te explicamos lo esencial de forma clara y práctica. ¡Sigue leyendo!
Puntos clave
- La base máxima del Régimen General en 2026 es de 5.101,20€ mensuales.
- La base mínima no puede ser inferior a 1.424,40€ mensuales, salvo normas específicas.
- El tipo por contingencias comunes se mantiene en el 28,30%: 23,60% empresa y 4,70% persona trabajadora.
- El MEI sube al 0,90%, repartido entre empresa y trabajador.
- Una mala actualización puede generar diferencias de cotización y ajustes posteriores.
Tabla de contenidos
1. Qué son las bases de cotización 2026
Las bases de cotización 2026 son los importes sobre los que se calculan las cuotas que empresa y persona trabajadora pagan a la Seguridad Social. En la práctica, marcan cuánto se cotiza por contingencias comunes, desempleo, formación profesional, Fogasa o accidentes de trabajo.
Según la Orden PJC/297/2026, estas bases se aplican desde el uno de enero de 2026, aunque la norma se publicó en el BOE el treinta y uno de marzo de 2026.
2. Bases mínimas y máximas del Régimen General en 2026
Para 2026, el tope máximo de cotización queda fijado en 5.101,20€ mensuales. El tope mínimo para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales equivale al salario mínimo interprofesional incrementado en un sexto, sin que pueda ser inferior a 1.424,40€.
En el Régimen General, las bases mínimas mensuales principales son:
- Grupo uno: 1.989,30€.
- Grupo dos: 1.649,70€.
- Grupo tres: 1.435,20€.
- Grupos cuatro a siete: 1.424,40€.
- Grupos ocho a once: 47,48€ diarios.
La Seguridad Social recoge además una base máxima común de 5.101,20€ para todos los grupos.
3. Tipos de cotización aplicables en 2026
El tipo por contingencias comunes en 2026 es del 28,30%: la empresa asume el 23,60% y la persona trabajadora el 4,70%. Para accidentes de trabajo y enfermedades profesionales se aplica la tarifa de primas correspondiente, a cargo exclusivo de la empresa.
También conviene revisar otros conceptos habituales: Fogasa se sitúa en el 0,20% a cargo de la empresa, y formación profesional en el 0,70%, repartido entre 0,60% empresa y 0,10% trabajador.
4. Ojo al MEI y a la cotización adicional de solidaridad
Uno de los puntos que más dudas genera es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional. En 2026, el MEI es del 0,90% sobre la base de contingencias comunes: 0,75% corresponde a la empresa y 0,15% a la persona trabajadora.
Además, las empresas deben prestar atención a la cotización adicional de solidaridad, que se aplica sobre determinadas retribuciones que superan la base máxima de cotización. Es un punto especialmente relevante en perfiles directivos, mandos intermedios o profesionales con salarios altos.
5. Qué debe revisar recursos humanos en la práctica
Actualizar las bases no es solo cambiar una cifra en el sistema de nómina. Recursos humanos debe comprobar que los grupos de cotización están bien asignados, que las pagas extra están correctamente prorrateadas cuando corresponda y que los conceptos salariales y extrasalariales están configurados de forma adecuada.
Por ejemplo, un error en la base mínima puede afectar a contratos a tiempo parcial, situaciones de incapacidad temporal o nóminas con variables. Y un descuido en bases máximas puede provocar diferencias en perfiles con retribuciones elevadas.
6. Cómo evitar errores en los seguros sociales de 2026
La clave está en trabajar con datos actualizados, procesos revisados y trazabilidad. Centralizar la información laboral, automatizar cálculos y disponer de alertas ayuda a reducir errores antes de enviar los seguros sociales.
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