En España existen 3 tipos de IVA, el general, el reducido y el superreducido.

¿Qué tipos de IVA existen en España en 2023?

Con la inflación disparada, el gobierno español ha reajustados algunos tipos de IVA con el fin de paliar la subida de precios general. Pese a ser medidas excepcionales, significa una variación en la aplicación del IVA en algunos productos. Por ello, en este artículo veremos en qué consisten estos cambios, así como los tipos de IVA que hay actualmente en España.

1. ¿Qué es el IVA?

Antes de entrar en materia, es conveniente saber qué es el IVA en España. Para ello, veamos la definición que se otorga por la Real Academia Española (RAE):

Acrónimo de Impuesto sobre el Valor Añadido. Impuesto indirecto sobre el consumo y la prestación de servicios empresariales o profesionales, repercutible en cada una de las fases del proceso económico.

Como podemos observar el IVA es un impuesto que se cobra por la venta de bienes y productos, así como por la prestación de servicios. Por lo tanto, el IVA se paga por parte del consumidor.

Si hablamos de una empresa, debemos diferenciar entre IVA repercutido e IVA soportado. El IVA soportado es aquel se paga a proveedores para obtener materias, productos o servicios. Mientras que el IVA repercutido es el que se les cobra a los clientes.

2. Tipos de IVA en España en 2023

Por lo general, en España hay tres tipos de IVA: el general, el reducido y el superreducido. Pese a ello, tal y como hemos comentado en la introducción de este artículo, se han definido otros tipos de IVA extraordinarios, los cuales veremos más adelante.

  • IVA general (21%)
  • IVA reducido (10%)
  • IVA superreducido (4%)
  ¿Cómo recuperar el IVA en Alemania?

2.1 Actividades sujetas a IVA

Estos tres tipos de IVA, vistos en el apartado anterior son gravantes de tres tipos de operaciones principales, las cuales están reguladas por la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el valor Añadido:

  • Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales.
  • Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.
  • Las importaciones de bienes.

2.2 Actividades exentas de IVA

La Ley del IVA también regula aquellas operaciones que están exentas de IVA. Cabe destacar que, según la naturaleza de dichas operaciones, están tendrán una exención limitada o plena.

Las operaciones con una exención limitada, y de las que no se puede deducir el IVA soportado, son las interiores y son las siguientes:

  • Asistencia sanitaria.
  • Actividades educativas.
  • Asistencia social.
  • Actividades culturales.
  • Práctica del deporte.
  • Operaciones financieras y de seguros.
  • Exenciones inmobiliarias.

Por otro lado, tenemos las operaciones exteriores, las cuales sí que permiten una exención plena, por lo que se puede deducir el IVA soportado:

  • Exportaciones
  • Entregas intracomunitarias de bienes.
Los autónomos también trabajan con los mismos tipos de IVA que las empresas, pese a que contabilidad les genera más trabajo.

3. IVA y autónomos

Si hablamos de IVA y autónomos, el primer concepto que nos viene a la mente es el de trimestrales. Las empresas suelen tener un departamento de contabilidad, el cual se encarga de gestionar todo este proceso. Los autónomos, en cambio, son quienes gestionan su propia actividad, por lo que también tienen que gestionar todo lo relacionado con la contabilidad de esta.

La periodicidad con la que tienen que presentar toda la información fiscal a la Agencia Tributaria es trimestral, por lo que cada tres meses, deben hacer el balance de cuentas, en las que deberán indicar los ingresos y los gastos, teniendo en cuenta los diferentes IVAs, el repercutido y el soportado.

Utilizaremos un ejemplo con el que poder visualizar mejor cómo sería una contabilidad para un autónomo.

  ¿Cómo recuperar el IVA de los gastos de empresa?

Pongámonos en la situación de una persona que trabaja realizando reparaciones en hogares y que pese a tener una empresa, esta tiene la forma jurídica de autónomo. Esta persona, durante el segundo trimestre del año ha facturado un total de 18.000 euros, a los que se les debe añadir un total de 3.800 euros de IVA repercutido, el cual ha sido cobrado a sus clientes.

Antes de realizar cualquier trámite, el autónomo debe calcular cuántos han sido los gastos soportados para poder realizar su actividad. Calculando desplazamientos, furgoneta de empresa, herramientas y soporte informático, como por ejemplo la gestión de la página web, aparece un total de 600 euros en IVA soportado.

En este momento, se debe realizar la resta del IVA soportado al IVA repercutido, por lo que quedaría una operación de 3.800 euros – 600 euros, resultado de la cual es de 3.200 euros. Esta es la cifra con la que trabajará Hacienda.

Esta operación también la realiza las empresas, la única diferencia es que los autónomos tienen que hacerla ellos mismos, por lo que implica una sobrecarga de trabajo. Por eso, son muchos los que, a parte de externalizar este servicio a gestorías, han comenzado a implantar soluciones digitales para optimizar este proceso.

4. Novedades en los tipos de IVA en 2023

Para paliar la subida de precios en muchos productos y servicios, el gobierno español ha elaborado un plan de choque con algunas medidas. Entre estas se encuentra la reducción del IVA en algunos productos y la creación de nuevos tipos de IVA.

Estas medidas excepcionales están sujetas a un período de tiempo en concreto:

  • Aceite y pasta: Pasan a tener un IVA superreducido especial del 5%, desde el 1 de enero del 2023 hasta el 30 de junio del 2023. Sin embargo, si a 1 de mayo de 2023, la inflación subyacente del mes de marzo es inferior al 5,5%, el IVA de estos productos subirá al 10%.
  • Contratos de luz no superiores a 10kw: Tendrán uno de los tipos de IVA superreducido especial del 5% hasta el 31 de diciembre de 2023.
  • Contrato de gas: Tendrán un IVA superreducido especial del 5% hasta el 31 de diciembre de 2023.
  • Mascarillas: Tendrán un IVA superreducido especial del 4% hasta el 30 de junio de 2023.
  • Productos de higiene femenina y anticonceptivos: Pasan a tener un IVA superreducido del 4% sin fecha límite.
  • Pan, harina, leche, huevos, frutas, verduras y legumbres: Pasan a tener otro de los tipos de IVA superreducido especial del 0%, desde el 1 de enero del 2023 hasta el 30 de junio del 2023. Sin embargo, si a 1 de mayo de 2023, la inflación subyacente del mes de marzo es inferior al 5,5%, el IVA de estos productos subirá al 4%.
  ¿En qué consiste el IVA repercutido?

5. Soluciones para la gestión del IVA

Tal y como hemos en este artículo, el proceso de la gestión del IVA puede significar un trámite tedioso para muchas empresas.

Para optimizar y hacer la gestión del IVA de manera más eficiente, existen soluciones que permiten digitalizar y automatizar estos procesos. Soluciones como Tickelia ofrecen la posibilidad de mantener una gestión 360 de los gastos de empresa, incluyendo la gestión del IVA.

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Además, Tickelia es 100% integrable con otras soluciones de gestión empresarial, como los softwares de gestión ERP & CRM, con la posibilidad de contabilizar todas las facturas de canje obtenidas. Tickelia también se integra con softwares de nóminas y de RR.HH., entre muchas otras.

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Gemma Mondéjar
Redactora de contenidos en el departamento de Marketing de Inology. Graduada en Comunicación e Industrias Culturales por la Universitat de Barcelona.
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