La DIAN ya ha hecho público el Calendario Tributario 2023, donde se establecen las fechas y períodos en los que los contribuyentes deberán presentar los documentos necesarios para cumplir con las obligaciones tributarias de este año.
Tabla de contenidos
1. ¿Qué es un Calendario Tributario?
Según la definición de la DIAN, “el calendario tributario permite conocer la fecha de vencimiento del plazo para declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta y Complementario para personas naturales y sucesiones ilíquidas por el año gravable”.
Por lo tanto, el calendario tributario facilita una base sólida para la planificación y la gestión tributaria, tanto de las empresas como de las personas naturales.
Con el calendario tributario, se establecen los tipos de impuestos que cada contribuyente debe pagar, ofreciendo los plazos (la fecha en el mes) en los que deben pagarse dichos tributos, así como el tipo de impuestos nacionales durante el año en curso.
Es importante recordar que los plazos indicados en el calendario tributario corresponden a la fecha límite para presentar la documentación necesaria, aunque siempre pueden presentarse con antelación.
2. ¿Por qué es importante el Calendario Tributario?
Como cualquier otro trámite reglamentario, es importante y necesario que se realicen los pagos correspondientes en los períodos establecidos por la DIAN. De lo contrario, cada uno de los procesos puede sufrir algún tipo de retraso e incurrir en sanciones para los contribuyentes, tal como se especifica en el artículo 639 del Estatuto Tributario.
2.1 Sanciones por incumplimiento del Calendario Tributario
Según el estatuto tributario, el valor mínimo de cualquier sanción debe ser equivalente a 10 UVT.
El UVT o Unidad de Valor Tributario es una herramienta que se utiliza en Colombia desde 2006 para homogeneizar los distintos valores tributarios y facilitar los trámites a los contribuyentes.
Esta unidad varía año a año, y es que viene dada por el valor que deben pagar las personas naturales en tributos.
Así pues, es importante tener en cuenta que la Unidad de Valor Tributario, este 2023 ha subido un 11,59 % en comparación con el pasado 2022, por lo que queda fijado en $42.412.
Por lo tanto, el valor de la sanción mínima para efectos tributarios por pagar en 2023 será de $424.120, correspondientes a 10 UVT.
Pongamos, por ejemplo, que no presentas o no presentas a tiempo el pago de un impuesto. En ese caso, en el momento en el que vayas a presentarlo o a corregirlo, deberás liquidar también una sanción por no haberlo hecho correctamente, que partirá, como mínimo, de los 424.120 pesos colombianos.
2.2 Motivos de sanciones por incumplimiento del Calendario Tributario
Son varios los motivos por los que los contribuyentes pueden ser sancionados. Además, existe una clasificación de las mismas sanciones, diferenciándolas por el grado de gravedad:
- Leves.
- Graves.
- Muy graves.
De todos modos, hay cuatro motivos recurrentes por los cuales los contribuyentes suelen ser sancionados:
- Inconsistencia en las declaraciones tributarias.
- Intereses moratorios.
- No inscripción en el RUT antes del inicio de la actividad.
- No actualizar el RUT de manera correcta.
3. Calendario Tributario DIAN en Colombia 2023
Gracias al Calendario Tributario 2023 de la DIAN, los contribuyentes colombianos pueden consultar y estar al día de sus obligaciones tributarias, ya que pueden consultar y revisar en cualquier momento y lugar los plazos de entrega a través de su portal web.
De esta forma, se pueden evitar las posibles multas o sanciones que acabamos de comentar.
Pero, ¿quiénes tienen la obligación de pagar?
En el Calendario Tributario 2023 elaborado por la DIAN, queda especificado, pero los tipos principales de contribuyentes en Colombia son:
- Grandes Contribuyentes.
- Personas Jurídicas.
- Personas Naturales.
4. Actualización: Calendario Tributario DIAN Colombia 2023
A continuación, mostramos los plazos de entrega de los principales contribuyentes en Colombia, según los datos del Calendario Tributario 2023 de la DIAN:
4.1 Plazos para la Renta de Grandes Contribuyentes
A continuación, mostramos los plazos de entrega para la Renta de Grandes Contribuyentes para cada uno de los pagos establecidos:
4.1.1 Pago de la 1a cuota (Hasta febrero)
Último dígito del NIT | Fecha límite de pago |
1 | 7 de febrero |
2 | 8 de febrero |
3 | 9 de febrero |
4 | 10 de febrero |
5 | 13 de febrero |
6 | 14 de febrero |
7 | 15 de febrero |
8 | 16 de febrero |
9 | 17 de febrero |
0 | 20 de febrero |
4.1.2 Declaración y pago de la 2ª cuota (hasta abril)
Último dígito del NIT | Fecha límite de pago |
1 | 10 de abril |
2 | 11 de abril |
3 | 12 de abril |
4 | 13 de abril |
5 | 14 de abril |
6 | 17 de abril |
7 | 18 de abril |
8 | 19 de abril |
9 | 20 de abril |
0 | 21 de abril |
4.1.3 Pago de la 3ª cuota (hasta junio)
Último dígito del NIT | Fecha límite de pago |
1 | 7 de junio |
2 | 8 de junio |
3 | 9 de junio |
4 | 13 de junio |
5 | 14 de junio |
6 | 15 de junio |
7 | 16 de junio |
8 | 20 de junio |
9 | 21 de junio |
0 | 22 de junio |
4.2 Plazos para la Renta de Personas Jurídicas
A continuación, mostramos los plazos de entrega para la Renta de Personas Jurídicas para cada uno de los pagos establecidos:
4.2.1 Declaración y pago de la 1a cuota (Hasta abril)
Últimos dígitos del NIT | Fecha límite de pago |
01-05 | 10 de abril |
06-10 | 11 de abril |
11-15 | 12 de abril |
16-20 | 13 de abril |
21-25 | 14 de abril |
26-30 | 17 de abril |
31-35 | 18 de abril |
36-40 | 19 de abril |
41-45 | 20 de abril |
46-50 | 21 de abril |
51-55 | 24 de abril |
56-60 | 25 de abril |
61-65 | 26 de abril |
66-70 | 27 de abril |
71-75 | 28 de abril |
4.2.2 Declaración y pago de la 1a cuota (Hasta mayo)
Últimos dígitos del NIT | Fecha límite de pago |
76-80 | 2 de mayo |
81-85 | 3 de mayo |
86-90 | 4 de mayo |
91-95 | 5 de mayo |
96-00 | 8 de mayo |
4.2.3 Pago de la 2a cuota (Hasta julio)
Último dígito del NIT | Fecha límite de pago |
1 | 7 de julio |
2 | 10 de julio |
3 | 11 de julio |
4 | 12 de julio |
5 | 113 de julio |
6 | 14 de julio |
7 | 17 de julio |
8 | 18 de julio |
9 | 19 de julio |
0 | 21 de julio |
4.3 Plazos para la Renta de Personas Naturales
A continuación, mostramos los plazos de entrega para las Personas Naturales para cada uno de los pagos establecidos:
4.3.1 Declaración y pago (Hasta agosto)
Últimos dígitos del NIT | Fecha límite de pago |
01-02 | 9 de agosto |
03-04 | 10 de agosto |
05-06 | 11 de agosto |
07-08 | 14 de agosto |
09-10 | 15 de agosto |
11-12 | 16 de agosto |
13-14 | 17 de agosto |
15-16 | 18 de agosto |
17-18 | 22 de agosto |
19-20 | 23 de agosto |
21-22 | 24 de agosto |
23-24 | 25 de agosto |
25-26 | 28 de agosto |
27-28 | 29 de agosto |
29-30 | 30 de agosto |
31-32 | 31 de agosto |
4.3.1 Declaración y pago (Hasta septiembre)
Últimos dígitos del NIT | Fecha límite de pago |
33-34 | 1 de septiembre |
35-36 | 4 de septiembre |
37-38 | 5 de septiembre |
39-40 | 6 de septiembre |
41-42 | 7 de septiembre |
43-44 | 8 de septiembre |
45-46 | 11 de septiembre |
47-48 | 12 de septiembre |
49-50 | 13 de septiembre |
51-52 | 14 de septiembre |
53-54 | 15 de septiembre |
55-56 | 18 de septiembre |
57-58 | 19 de septiembre |
59-60 | 20 de septiembre |
61-62 | 21 de septiembre |
63-64 | 22 de septiembre |
65-66 | 25 de septiembre |
67-68 | 26 de septiembre |
69-70 | 27 de septiembre |
71-72 | 28 de septiembre |
73-74 | 29 de septiembre |
4.3.1 Declaración y pago (Hasta octubre)
Últimos dígitos del NIT | Fecha límite de pago |
75-76 | 2 de octubre |
77-78 | 3 de octubre |
79-80 | 4 de octubre |
81-82 | 5 de octubre |
83-84 | 6 de octubre |
85-86 | 9 de octubre |
87-88 | 10 de octubre |
89-90 | 11 de octubre |
91-92 | 12 de octubre |
93-94 | 13 de octubre |
95-96 | 17 de octubre |
97-98 | 18 de octubre |
99-00 | 19 de octubre |